sábado, 20 de noviembre de 2010

...deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública. .... delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública.

LEY NÚM. 20.414
REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, MODERNIZACIÓN DEL ESTADO Y CALIDAD DE LA POLÍTICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL: Rectificación 74
D.O. 07.01.2010
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:
l. Agréganse, en el artículo 8º, como incisos tercero y cuarto, nuevos, los siguientes:
"El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los diputados y senadores, y las demás autoridades y funcionarios que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública.
Dicha ley determinará los casos y las condiciones en que esas autoridades delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos y, en situaciones calificadas, disponer la enajenación de todo o parte de esos bienes.". ...

No respetan ni sus propias reglas...

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