ESTE BLOG HA SIDO KREADO PARA DIFUNDIR DOCUMENTOS,OPINIONES,REFLEXIONES,PARA MANIFESTAR EL RECHAZO A MUCHAS COSAS.- BLOG CONSPIRATORIO, REFLEXIVO, IRACUNDO...
lunes, 22 de noviembre de 2010
sábado, 20 de noviembre de 2010
...deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública. .... delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública.
LEY NÚM. 20.414
REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, MODERNIZACIÓN DEL ESTADO Y CALIDAD DE LA POLÍTICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL: Rectificación 74
D.O. 07.01.2010
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:
l. Agréganse, en el artículo 8º, como incisos tercero y cuarto, nuevos, los siguientes:
"El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los diputados y senadores, y las demás autoridades y funcionarios que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública.
Dicha ley determinará los casos y las condiciones en que esas autoridades delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos y, en situaciones calificadas, disponer la enajenación de todo o parte de esos bienes.". ...
No respetan ni sus propias reglas...
REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, MODERNIZACIÓN DEL ESTADO Y CALIDAD DE LA POLÍTICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL: Rectificación 74
D.O. 07.01.2010
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:
l. Agréganse, en el artículo 8º, como incisos tercero y cuarto, nuevos, los siguientes:
"El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los diputados y senadores, y las demás autoridades y funcionarios que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública.
Dicha ley determinará los casos y las condiciones en que esas autoridades delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos y, en situaciones calificadas, disponer la enajenación de todo o parte de esos bienes.". ...
No respetan ni sus propias reglas...
sábado, 13 de noviembre de 2010
Mijail Bakunin compilado
están algunos varios muchos textos repetidos, está un poco desordenado, pero es posiblemente la totalidad de los escritos emitidos oficialmente por Mijaíl Bakunin en esta carpeta comprimida =)
nutrase ... n.n
http://www.mediafire.com/?ad6714dnt1dukl4
nutrase ... n.n
http://www.mediafire.com/?ad6714dnt1dukl4
jueves, 11 de noviembre de 2010
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